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Sanciones para quien abandone o maltrate a mascotas y para quien de bolsas o popotes de plástico

Se promulga el Bando Bando de Policía y Buen Gobierno para el año 2020

Las modificaciones realizadas al Bando dota al Gobierno Municipal de herramientas jurídicas para la protección del medio ambiente. 

La Paz, Méx. 5 Febrero de 2020. Durante la conmemoración del 103 aniversario de la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, llevada a cabo en la cuarta Sesión Solemne de Cabildo, el Ayuntamiento de La Paz promulgó el Bando de Policía y Buen Gobierno para el año 2020.

La presidenta municipal, Olga Medina Serrano, exhortó a la ciudadanía a leer el Bando Municipal y a observar el cumplimiento de las normas que de él emanan. Detalló que “esta ley es para que mejore nuestro municipio, yo quiero que todos la lean, la hagan del conocimiento de los demás, porque solamente un pueblo con conocimiento, solamente un pueblo que conozca sus derechos y obligaciones, podrá salir adelante”.

Además exhortó a los miembros del cabildo y de la administración municipal, a convertir este bando en un manual de trabajo.

El Bando Municipal de la Paz 2020 contiene una serie de modificaciones enfocadas a la mejora del medio ambiente y la movilidad, entre ellas destaca la reforma al artículo 153 el cual establece como infracciones contra el entorno urbano y ecológico, las siguientes:

  1. Fracción XXX: Entregar con motivo de cualquier actividad comercial, popotes de plástico, bolsas plásticas de un solo uso, o recipientes de unicel a los clientes y/o consumidores.
  2. Tratándose de la trasgresión a la fracción XXX, se impondrá multa de cinco a cien Unidades de Medida y Actualización, además de la clausura de la unidad económica o el aseguramiento de mercancías, según sea el caso.

Esta medida entrará en vigor 180 días después de la publicación del Bando Municipal de La Paz 2020, durante este periodo, el Gobierno Municipal llevará a cabo campañas de sensibilización y sociabilización para dar efectividad a la disposición jurídica en mención.   

Para promover el cuidado de de la fauna en el territorio municipal y hacerle frente al maltrato animal, el gobierno de La Paz a través del Artículo 75, de conformidad con el Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México, el Reglamento del Libro Sexto del Código para la Biodiversidad del Estado de México; el Ayuntamiento desarrollará programas de control atención y bienestar animal para atender las finalidades siguientes:

I. Proteger y regular la vida, el crecimiento y el sacrificio de las especies animales útiles y de compañía al ser humano o que su existencia no lo perjudique;

II. Promover el trato digno y humanitario de los animales en el Municipio;

III. Promover la salud y el bienestar de los animales, asegurándoles higiene, sanidad y condiciones apropiadas para su existencia digna;

IV. Prevenir y sancionar el maltrato y los actos de crueldad hacia los animales;

V. Fomentar el cuidado, el respeto y la consideración para los animales.

Los infractores serán sancionados con: Apercibimiento y amonestación, que constará por escrito, multa de una y hasta cincuenta unidades de medida y actualización (UMA), suspensión temporal o cancelación del permiso o licencia del establecimiento, arresto de hasta 36 horas, servicios a favor de la comunidad o la reparación del daño.

Para la conservación del medio ambiente y prevención a la contaminación del suelo en el Artículo 87 establece las medidas necesarias para la preservación, restauración y mejoramiento de la calidad ambiental, para garantizar el derecho constitucional de toda persona a vivir en un ambiente adecuado para su desarrollo, salud, y bienestar; para la conservación de los recursos naturales y para la preservación y control del equilibrio ecológico en el municipio, de acuerdo con los ordenamientos legales en la materia, para lo cual el gobierno municipal deberá:

XIV. Prevenir y controlar la contaminación del suelo por residuos sólidos domésticos y no peligrosos de origen industrial, así como la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, olores, radiaciones electromagnéticas, lumínicas y visuales, perjudiciales para el equilibrio ecológico y el ambiente, que provengan de fuentes fijas que funcionan como establecimientos mercantiles o de servicios; 

Por ello se sancionará con una multa que va de los 45 a los 50 unidades de medida y actualización (UMA) así como la reparación del daño a las personas que:

I. Arrojen en la vía pública, lugares de uso común o privados; animales muertos, llantas, sustancias fétidas y tóxicas.

Con esta modificaciones e inclusiones al Bando Municipal de La Paz, el Gobierno que encabeza la Licenciada Olga Medina Serrano, cuenta con la certeza jurídica para emprender acciones en pro del medio ambiente y el derecho a la movilidad, mismas que estarán alineadas a los objetivos de la agenda 2030 establecidos por la Organización de las  Naciones Unidas (ONU) para el desarrollo sostenible.

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