• El Congreso mexiquense recibió la propuesta de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez para expedir la Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México.
• Esta normatividad busca regular de manera integral la prevención, persecución y sanción del delito de extorsión y de otros delitos vinculados, fortaleciendo las acciones institucionales para su erradicación.
• Plantea la creación del Consejo Estatal para Prevenir, Atender y Combatir la Extorsión y los Delitos Vinculados, así como de la Fiscalía Central Especializada en el Combate a los Delitos de Extorsión, Delitos Vinculados y Secuestro.
El Congreso mexiquense analizará la propuesta de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez para expedir la Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México, para regular de manera integral la prevención, persecución y sanción del delito de extorsión y de otros delitos vinculados, fortaleciendo las acciones institucionales para su erradicación.
La iniciativa, que también incluye modificaciones al Código Penal y a la Ley de la Fiscalía General de Justicia, ambos de carácter estatal, tiene como objetivo fortalecer la seguridad, la integridad y el patrimonio de las personas, situando a la víctima en el centro de la acción del Estado y promoviendo el bienestar social mediante un enfoque jurídico integral que articule la prevención, la protección y el combate efectivo del delito de extorsión, en consonancia con los estándares nacionales y bajo un enfoque transversal de derechos humanos.
El documento, expuesto por Edmundo Luis Valdeña Bastida (morena), señala que la nueva normatividad busca regular de manera integral los aspectos preventivos y de colaboración, priorizando el interés superior de las personas conforme al principio pro persona establecido en el artículo 1 de la Constitución General de la República. Esto obliga a las instituciones de seguridad y a los órganos de procuración y administración de justicia a actuar de acuerdo con los principios, directrices y obligaciones del modelo nacional, coordinando su accionar con las autoridades de los tres órdenes de gobierno para implementar una estrategia conjunta eficaz que genere resultados concretos en beneficio de la sociedad.
Además, plantea la creación del Consejo Estatal para Prevenir, Atender y Combatir la Extorsión y Delitos Vinculados, como un órgano colegiado permanente que permita la concertación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en la materia. Dicho Consejo funge como instancia de planeación estratégica, vinculación interinstitucional y rendición de cuentas, asegurando que las acciones de prevención, atención y combate a la extorsión se desarrollen de manera coherente, transversal y alineada con la Estrategia Nacional, incorporando, además, la participación municipal y el acompañamiento de sectores sociales y académicos.
Asimismo, se prevé el fortalecimiento de los mecanismos de atención, orientación y canalización de denuncias, por lo que la Secretaría de Seguridad del Gobierno del Estado contará con un Centro Estatal de Atención a Denuncias por el Delito de Extorsión, así como la implementación de una Estrategia Estatal para Prevenir y Combatir la Extorsión y Delitos Vinculados, como ejes operativos fundamentales para inhibir la comisión del delito, reducir la cifra negra y generar condiciones de confianza institucional.
Con lo anterior, se brindará una respuesta oportuna, especializada y coordinada frente a las distintas modalidades de extorsión, promoviendo la cultura de la denuncia y facilitando la adopción de acciones preventivas focalizadas, particularmente en sectores y regiones de mayor riesgo, contribuyendo de manera directa a la protección del patrimonio, la integridad y la seguridad de las personas.
Por otro lado, se propone la creación de la Fiscalía Central Especializada en Combate a los Delitos de Extorsión, Delitos Vinculados y Secuestro, cuyo personal deberá ser capacitado y evaluado, y contará con los certificados y la especialización requerida en materia de extorsión, o secuestro, según corresponda, de conformidad con los criterios que establezca el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Con la entrada en vigor de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, las conductas previamente previstas como delito contra el consumo, en la modalidad señalada en su artículo 16, quedan integradas dentro del tipo penal de extorsión que ya rige a nivel nacional.
Por lo cual se propone que—a fin de evitar un problema de concurso de delitos y respetar a cabalidad el marco general establecido a partir de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución federal— se derogue el tipo penal previsto en el artículo 199 Bis (que en esencia sanciona una conducta extorsiva de naturaleza económica que tiene la intención de controlar mercados, imponer precios o restringir la libre competencia mediante violencia).
El documento aclara que lo anterior se debe a que el Congreso de la Unión posee la facultad exclusiva para legislar en materia de tipificación penal de la extorsión. En este contexto, las entidades federativas solo están autorizadas para armonizar su legislación y regular aspectos relacionados con la coordinación, prevención y persecución del delito, pero no pueden crear, reproducir, modificar ni ampliar tipos penales cuya definición sustantiva corresponde exclusivamente al legislador federal.

