12 abril, 2026
Agencia de Noticias MX
Legisladores

Derecho a incapacidad laboral y educativa por ILE: Jennifer González

• La diputada Jennifer González planteó que se reconozca en la Constitución estatal el derecho a medidas de protección laboral y educativa derivadas de la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
• Mediante esta iniciativa, se otorgaría una incapacidad —para efectos laborales, académicos o de seguridad social— por un período mínimo de tres días hábiles, prorrogable según criterio médico, con derecho a goce de sueldo cuando corresponda.

Con el objetivo de reconocer expresamente el derecho a obtener una incapacidad médica para efectos laborales y académicos por Interrupción Legal del Embarazo (ILE) por un período mínimo de tres días hábiles, prorrogables según criterio médico, la diputada Jennifer Nathalie González López (morena) propuso reformas constitucionales y la armonización de 10 ordenamientos secundarios, con el fin de garantizar este derecho, cuyo condicionamiento —subrayó— constituye una forma de discriminación indirecta.
Conforme a la iniciativa, la Constitución garantizaría el acceso a esta medida de protección laboral y educativa derivada de la atención en salud reproductiva, mientras que la legislación secundaria establecería que la incapacidad, con goce de sueldo cuando corresponda, sería expedida por instituciones de salud públicas o privadas y reconocida para efectos laborales, académicos o de seguridad social.
Lo anterior se garantizaría con pleno respeto a la confidencialidad, asegurando la recuperación física y emocional de la persona, sin que pueda ser objeto de discriminación, despido, sanción, represalia ni afectación laboral o académica alguna.
El documento prevé que, en ningún caso, el ejercicio de la patria potestad podrá obstaculizar o negar el derecho de la adolescente a interrumpir legalmente su embarazo en los supuestos permitidos por la ley, ni impedir el acceso a la incapacidad médica correspondiente.
Cabe señalar que la ILE es permitida hasta las 12 semanas de gestación; no obstante, no será considerada delito, aún después de este plazo, cuando sea resultado de una conducta culposa, es decir, sin intención; cuando el embarazo derive de una violación; por implantación no consentida de óvulo fecundado o inseminación artificial, independientemente de que exista o no denuncia; o cuando la mujer o persona gestante corra peligro de muerte o su salud física o mental se vea gravemente afectada, a juicio médico.
De acuerdo con la propuesta, el Sistema Estatal de Salud implementaría los mecanismos necesarios para la emisión, validación y seguimiento de estas incapacidades, en coordinación con instituciones educativas y empleadores. Asimismo, las secretarías de Salud y de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación, en coordinación con el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la entidad, emitirían los lineamientos necesarios para la implementación y el cumplimiento del derecho a la incapacidad, garantizando la confidencialidad, el trato digno y la agilidad del proceso.
Adicionalmente, se establecería que el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios otorgue, de manera opcional, una incapacidad educativa que incluirá acceso a materiales informativos sobre salud reproductiva, sesiones de orientación psicológica y acompañamiento emocional, así como flexibilidad laboral o académica temporal, según corresponda, garantizando la confidencialidad y el trato digno, sin discriminación ni estigmatización.
La legisladora señaló que el Estado de México enfrenta una omisión normativa significativa: aunque la interrupción legal del embarazo está despenalizada en determinados supuestos, no existe un reconocimiento explícito y uniforme del derecho a la incapacidad médica con efectos laborales y académicos, lo que constituye una forma de discriminación indirecta y violencia institucional.
Indicó que negar o condicionar la incapacidad médica posterior a la ILE constituye una forma de discriminación indirecta por razón de género, reconocida por la Suprema Corte de Justicia, al imponer cargas desproporcionadas a las personas gestantes que no enfrentan otros sujetos ante procedimientos médicos comparables. Además, obliga a las personas gestantes a reincorporarse de manera inmediata a sus actividades laborales o académicas, poniendo en riesgo su salud física y emocional y exponiéndolas a sanciones, despidos, estigmatización o deserción escolar.
Adicionalmente a la Constitución estatal, la propuesta plantea modificaciones a los códigos Civil y Administrativo, así como a las leyes de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; de Asistencia Social; de Seguridad Social para los Servidores Públicos; de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de Igualdad de Trato y Oportunidades entre Hombres y Mujeres; de la Juventud; del Trabajo de los Servidores Públicos; y para Prevenir, Combatir y Eliminar Actos de Discriminación, todas del ámbito estatal.

https://congresoedomex.gob.mx/boletin/27a051d2-6cd4-4bb1-a484-d4a17a209a48

Esta publicación no genera órden de inserción

RELACIONADOS

Del 22 al 25 y 28 de marzo podrán vacuna contra la Covid-19 en valle de Chalco a jóvenes de 18 a 29 alos

Claudia Angeles

Familiares de militares detenidos se manifiestan en la zona militar de Temamatla

Claudia Angeles

Tras 10 años de abandono, Gobierno del EdoMéx transfiere el Hospital Oncológico Pediátrico de Ecatepec al IMSS

Claudia Angeles

Deja un Comentario

* By using this form you agree with the storage and handling of your data by this website.